El voto electrónico en Colombia: antecedentes, rasgos y factores de desconfianza
Resumo
Además de muchos otros campos de la vida económica, con la expedición de la Ley 892 de 2004, norma que aprobara la implementación del voto electrónico en Colombia, se pretende extender la ciudadanía digital al ejercicio del sufragio. Y se puede ver como una extensión de ello, dado que la ciudadanía digital ha ido acompañada de grandes inversiones económicas y modernización de los procesos administrativos para la generación de un núcleo de Habeas Data que venga a significar una base de datos consistente y adecuada para el ejercicio electoral digital. Como ha sucedido en otras naciones, este cambio representa una transformación cultural seria, profunda y hostil, como quiera que requiere la eliminación del conteo manual y del documento físico como elemento material de reclamación y prueba, por el uso de medios electrónicos para la elección, sufragio y seguridad de los resultados electorales. Tal grado de transformación ha conseguido que países como Brasil hayan demorado más de cinco años en acreditar el proceso electoral y el uso de nuevas tecnologías. La Ley 892 de 2004 que incorpora el voto electrónico en Colombia, otorgó un plazo de cinco años para que la Organización Electoral realizara todo lo concerniente para su implementación. Sin embargo, de acuerdo a la doctrina que empíricamente se ha desarrollado en países que preceden a Colombia en este aspecto, se echan de menos varios aspectos tales como: 1. La definición completa e integral de una arquitectura lógica y física y de administración del sistema. 2. Definición de un código-fuente. 3. Posibles amenazas del sistema. 4. Pruebas pilotos reales y criticas de los posibles sistemas. 5. Protocolo de validación. 6. Acreditación e infraestructura estratégica. Ello así, se hace imperativo realizar un estudio sobre los antecedentes y normas para desentrañar aquellos factores que habrán de limitar el voto electrónico como extensión de la ciudadanía digital, además de representar un riesgo para la transparencia electoral.