Leyes de tercera generación: hacia el pleno reconocimiento del derecho a la administración electrónica
Resumen
Las primeras leyes que surgieron a mediados de los 90 intentaban remover los obstáculos que el derecho civil y comercial presentaba para el desarrollo del comercio electrónico. A partir de los esfuerzos de La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional - (UNCITRAL por sus siglas en inglés), con sus leyes modelo, los países fueron complementando sus ordenamientos jurídicos con leyes de comercio electrónico, firma electrónica y firma digital. La segunda generación de leyes abordaron aspectos específicos de gobierno, con normas vinculadas a la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) por parte de las organizaciones públicas. Estas normas de gobierno electrónico son de carácter facultativo para la Administración, establecen principios generales y no han logrado un efectivo impacto en la gestión pública ni en el acceso de los ciudadanos a la información. La tercera generación de leyes vinculadas al uso de medios electrónicos por las administraciones públicas, se orienta a reconocer el pleno ejercicio del derecho que todo habitante tiene de acceder digitalmente a los servicios que presta el gobierno. Se pasa así de una concepción en la cual el Estado podía o no incorporar herramientas de gobierno electrónico en su quehacer cotidiano y en su relación con los administrados, a un esquema en el cual el Estado debe poner a disposición de la ciudadanía el acceso por medios electrónicos a la información que produce, a los servicios que presta y a los trámites que requiere. La ponencia intenta describir la situación en la República Argentina, dentro del marco internacional y regional sobre este nuevo derecho al acceso a la administración electrónica, en consonancia con la reciente Declaración de Pucón, en la cual se aprueba la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico y con la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos aprobada en España. Finalmente, se delinearán conclusiones respecto de la emergencia de un nuevo derecho social de inclusión digital y un decálogo propuesto para una futura ley de gobierno electrónico.