dc.contributor.author | Rivolta, Mercedes | |
dc.date.accessioned | 2018-09-02T06:01:51Z | |
dc.date.available | 2018-09-02T06:01:51Z | |
dc.date.issued | 2008-11 | |
dc.identifier.uri | http://cladista.clad.org//handle/123456789/5319 | |
dc.description.abstract | Las primeras leyes que surgieron a mediados de los 90 intentaban remover los obstáculos que el derecho civil y comercial presentaba para el desarrollo del comercio electrónico. A partir de los esfuerzos de La Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional - (UNCITRAL por sus siglas en inglés), con sus leyes modelo, los países fueron complementando sus ordenamientos jurídicos con leyes de comercio electrónico, firma electrónica y firma digital. | |
dc.description.abstract | La segunda generación de leyes abordaron aspectos específicos de gobierno, con normas vinculadas a la incorporación de las Tecnologías de Información y Comunicación (TICs) por parte de las organizaciones públicas. Estas normas de gobierno electrónico son de carácter facultativo para la Administración, establecen principios generales y no han logrado un efectivo impacto en la gestión pública ni en el acceso de los ciudadanos a la información. | |
dc.description.abstract | La tercera generación de leyes vinculadas al uso de medios electrónicos por las administraciones públicas, se orienta a reconocer el pleno ejercicio del derecho que todo habitante tiene de acceder digitalmente a los servicios que presta el gobierno. Se pasa así de una concepción en la cual el Estado podía o no incorporar herramientas de gobierno electrónico en su quehacer cotidiano y en su relación con los administrados, a un esquema en el cual el Estado debe poner a disposición de la ciudadanía el acceso por medios electrónicos a la información que produce, a los servicios que presta y a los trámites que requiere. | |
dc.description.abstract | La ponencia intenta describir la situación en la República Argentina, dentro del marco internacional y regional sobre este nuevo derecho al acceso a la administración electrónica, en consonancia con la reciente Declaración de Pucón, en la cual se aprueba la Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico y con la Ley de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos aprobada en España. Finalmente, se delinearán conclusiones respecto de la emergencia de un nuevo derecho social de inclusión digital y un decálogo propuesto para una futura ley de gobierno electrónico. | |
dc.format.extent | 26 p. | |
dc.language | Español | |
dc.publisher | Jefatura de Gabinete de Ministros. Secretaría de Gabinete y Gestión Pública | |
dc.rights | Creative Commons BY-SA-NC 4.0 Int | |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | |
dc.subject | CONGRESO CLAD 13-2008 | |
dc.subject | ADMINISTRACION ELECTRONICA | |
dc.subject | MARCO JURIDICO | |
dc.subject | ACCESO A LA INFORMACION | |
dc.subject | ANALISIS JURIDICO | |
dc.title | Leyes de tercera generación: hacia el pleno reconocimiento del derecho a la administración electrónica | |
dc.type | article | |
clad.congress | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 13 | |
clad.key | MFN41696--41696 | |
clad.key1 | KEY41696 | |
clad.region | ARGENTINA | |
clad.md5 | 799b504e8c1c4ad457c766d6666d8667 | |