La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela

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Data
2000-10Autor
Sánchez Urribarrí, Raúl Alberto
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La ponencia contiene, en primer término, un recuento de carácter informativo sobre las notas más distintivas sobre la creación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y la designación de sus Magistrados; y la síntesis de sus atribuciones de conformidad con lo dispuesto en el articulado de la novísima Constitución aprobada mediante referéndum en fecha 15 de diciembre de 2000. Se pretende que el lector conozca las atribuciones de la nueva Sala Constitucional, y que comprenda a cabalidad la importancia de la función de garantía de la Constitución que le ha sido encomendada, además de la manera en que la misma Sala Constitucional entiende tales funciones. Luego, a nuestro juicio, la Sala en ocasiones, para ejercer este control constitucional, debe estudiar el contexto político dentro de los que se inscriben los principios constitucionales fundamentales a interpretar, de tal manera que se pueda hallar la solución justicial constitucional adecuada. Consideramos que hay situaciones cuyo basamento político no es tan evidente, pero que a los fines de elaborar el análisis justificativo de su resolución, debe considerarse de que manera puede influir la decisión en la vida política de la nación a la que se circunscribe. La situación descrita, se ha reflejado en algunas decisiones de la Sala Constitucional, que son objeto de exposición en la presente ponencia. Tres son las sentencias a exponer y analizar: Dos decisiones que fueron dictadas por la Sala con ocasión de sendas acciones de inconstitucionalidad interpuestas contra dos decretos que la Asamblea Nacional Constituyente dictó con posterioridad a la entrada en vigencia de la Carta Magna, y la dictada el 25 de mayo del año 2000, que suspendió las elecciones generales convocadas para ser realizadas en fecha 28 de mayo de 2000, al declarar con lugar una acción de amparo interpuesta por representantes de la sociedad civil contra el Consejo Nacional Electoral.