La ética pública en la nueva democracia chilena
Resumo
El documento recuerda que la ética pública no es una exigencia nueva en el ejercicio del poder, y que ella constituye un rasgo característico de las formas republicana y democrática de gobierno, que no es otro que el imperativo de gobernar para el bien común y no para el interés propio. De esta forma, la corrupción queda definida como cualquier inversión del citado principio. Hace presente también que ella es inevitable si el poder es ejercido como un monopolio discrecional y sin transparencia, según la conocida fórmula del profesor Robert Klitgaard. Añade que, en el caso chileno, dicho principio adquirió su mayor relevancia durante la crisis política de los años 70 y 80 del siglo XX, al servir como un modelo que guió el proceso de recuperación democrática, y que, consecuente con ello, todos los gobiernos sucedidos desde entonces han implementado iniciativas legales y administrativas para a la promoción y fortalecimiento de la probidad administrativa. Iniciativas valiosas e indispensables, concebidas como parte de un proceso de reforma del Estado, aunque sin llegar a constituir una política pública estable y estructurada. Identifica en este proceso cinco momentos relevantes, cada uno de los cuales produjo mecanismos de prevención y de sanción de la corrupción, que se institucionalizaron establemente. Al mismo tiempo, dichos gobiernos han debido enfrentar el fenómeno de la corrupción a que está expuesto todo grupo que gobierna, sobre todo si lo hace prolongadamente. El documento destaca el aporte indispensable que han hecho a este proceso de reforma los diversos instrumentos internacionales anticorrupción suscrito por el país, y, particularmente, el proceso de incorporación a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), entre 2007 y 2010. De estas iniciativas y medidas el documento destaca y desarrolla dos: la Ley de Acceso a la Información Pública y la Ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas. La primera, porque constituye una de las principales herramientas de prevención de la corrupción; y, la segunda, porque pone un freno eficaz a las iniciativas privadas de corrupción pública, que suelen quedar en segundo plano. Finalmente, el documento da cuenta de las iniciativas y medidas anticorrupción que están pendientes en Chile, asumiendo al respecto una posición crítica con lo hecho en las dos décadas pasadas. Al respecto, se encarga de identificar, con precisión, los proyectos de ley que inciden directamente en la prevención y sanción de la corrupción, y que, por razones que el ciudadano desconoce, todavía no han sido aprobados por el Poder Legislativo, los que merecen especial atención y vigilancia por parte de los ciudadanos interesados en su avance. Entre éstos cita, por ejemplo, el proyecto de ley que regula el lobby, que, sostiene el documento, es una de las formas más tenaces de captura del Estado por parte de los intereses particulares. Asimismo, menciona el que perfecciona la Ley sobre Transparencia, Límites y Control de los Gastos Electorales, y establece normas contra la intervención electoral, ámbitos en que, afirma, se manifiesta el interés personal de los candidatos al poder por sobre el interés de la sociedXXXXad. También el que perfecciona el Sistema de Alta Dirección Pública y generaliza el mérito como criterio primordial de acceso a los cargos públicos, en desmedro de los operadores políticos. En fin, el que autoriza el levantamiento de secreto bancario en investigaciones de lavado de activos, a fin de subordinar los manejos financieros privados al interés de toda la sociedad en impedir ser controlados por el crimen organizado.