Los derechos políticos y el uso de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones en el proceso electoral
Resumo
El escrutinio como fase final del proceso electoral ha estado tradicionalmente rodeado de garantías pese a la celeridad que caracteriza la misma. Se trata de un proceso público, verbal pero fundado en documentos escritos producidos dentro del proceso, y auténticos debido a que provienen de las autoridades electorales. En el caso colombiano, las vía contenciosa administrativa electoral está regulada en el Decreto 2241 de 1985, es decir, de una norma cuyo contexto constitucional, demográfico y económico no corresponde con el actual. No obstante, varias de aquellas reclamaciones se han actualizado en virtud del rol que ha cumplido el Consejo Nacional Electoral quién para en cada ejercicio electoral de alguna manera ha modernizado sus presupuestos de hecho al compás de los irregularidades presentadas en el proceso electoral. Ahora, con la posible aplicación de la ley que incorpora el voto electrónico, se espera que el Uso de Nuevas Tecnologías pueda reemplazar muchos de documentos que se producen en el proceso de escrutinio electoral por documentos electrónicos, lo que requiere de distintas garantías que aseguren la autenticidad de los mismos y el debido proceso a través del principio de equivalencia funcional. Sin embargo, con el uso de las Ntic las causales de reclamación electoral en la práctica perderían toda eficacia, pues sería casi imposible hallar en ellas presupuestos de hecho suficientes. Por lo anterior, esta ponencia está dirigida a la revisión de las distintas experiencias y propuestas orientadas a implantar procesos electorales tales como: conformación del censo; votación y escrutinio electrónico, a fin de hacer compatibles dichos avances tecnológicos con el respeto al ejercicio de los derechos políticos.