Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico
Abstract
"Bajo el entendido de que el Gobierno Electrónico o Administración Electrónica no puede ser un proceso inocuo o neutro de descarga tecnológica sobre la gestión pública y que, por el contrario, debe poseer un fuerte compromiso para responder a la necesidad actual de lograr una gestión pública centrada en los intereses de los ciudadanos, mediante la aprobación de la "Carta Iberoamericana de Gobierno Electrónico" propuesta por el CLAD los ministros iberoamericanos asumieron un firme compromiso de reducir la brecha digital y convertir la sociedad de la información y del conocimiento en una oportunidad para todos, especialmente mediante la inclusión de aquellos que corren peligro de quedar rezagados. En consecuencia, mediante esta Carta Iberoamericana se asume el valioso significado y alcance que hoy tiene para todos los países de la Región el empleo por los Gobiernos y las Administraciones Públicas de las novedosas tecnologías de la información y de la comunicación -TIC-, y se subraya que la perspectiva desde la que se tiene que abordar el empleo de las TIC en la gestión pública es la del ciudadano y sus derechos. Con este reconocimiento de que los ciudadanos poseen el derecho de relacionarse electrónicamente con sus respectivos Gobiernos y Administraciones Públicas, se adopta la estrategia de que sea la demanda ciudadana el factor determinante que impulse una transformación de la gestión pública que comprenda la implantación, desarrollo y consolidación del Gobierno Electrónico en los países iberoamericanos. Como contraparte de ese derecho de los ciudadanos, la Carta Iberoamericana establece que los Estados nacionales adquieren la obligación de garantizar su ejercicio efectivo mediante la creación de las condiciones y la implantación de los instrumentos que permitan el funcionamiento del Gobierno Electrónico, asegurando: la identificación de los ciudadanos, Administraciones Públicas, funcionarios y agentes de éstas que empleen medios electrónicos, así como la autenticidad de los documentos electrónicos; el establecimiento e información al público por medios accesibles para todos los ciudadanos de las direcciones electrónicas de las Administraciones Públicas; la regulación y establecimiento de registros electrónicos a los que los ciudadanos puedan dirigir sus comunicaciones electrónicas conteniendo sus peticiones y pretensiones y de las que reciban de forma automática la confirmación de su recepción, además de otras notificaciones; y, por último, estableciendo el régimen de los documentos y archivos electrónicos. Con tales orientaciones, la Carta Iberoamericana estructurada en tres capítulos determina: las bases conceptuales y los componentes que constituyen el Gobierno Electrónico para Iberoamérica; define los contenidos del derecho de los ciudadanos a relacionarse de forma electrónica con sus Gobiernos y Administraciones Públicas; crea un marco genérico de principios rectores, políticas y mecanismos de gestión llamado a constituir un lenguaje común sobre el Gobierno Electrónico en los países de la Comunidad Iberoamericana; y orienta el diseño, regulación, implantación, desarrollo, mejora y consolidación de modelos nacionales de Gobierno Electrónico en la gestión pública. Esperamos que este cuerpo normativo de conceptos, valores y orientaciones de utilidad para la consolidación del Gobierno Electrónico como herramienta coadyuvante de la mejora de la gestión pública iberoamericana, aprobado formalmente mediante el "Consenso de Pucón" bajo la modalidad de Carta Iberoamericana por las máximas autoridades ministeriales de Iberoamérica en el área de reforma del Estado y de la Administración Pública, contribuya de manera significativa a alcanzar una mejor gestión pública al servicio de los pueblos de nuestra gran Comunidad Iberoamericana." Fuente: Presentación del "Documentos Clave : Estado, Administración Pública y Sociedad; 15", elaborada por Julio César Fernández Toro, Secretario General del CLAD.