El control judicial de entes reguladores y de control: luces y sombras en la evaluación de los entes
Resumen
Desde el punto de vista teórico, los Entes Reguladores y de Control de los servicios públicos deben ser independientes del poder político y, asimismo, constituidos por expertos. El control y la regulación, por lo tanto, deben significar aplicación -y no creación- de reglas o normas establecidas por los poderes políticos, y en ejercicio de un juicio científico, técnico o experticio que precisamente aquellas reglas han delegado en tales expertos y que, sin embargo, en sustancia suponen innovación de tales reglas. Desde el punto de vista práctico, la ausencia o fragilidad respecto de la independencia y respecto del ejercicio de sus funciones con criterio técnico o experticio por parte de los Entes Reguladores y de Control, los tornan cuestionables a partir de la propia naturaleza de la especialidad estatal que, precisamente, ha dado origen a su existencia. El rol del Poder Judicial, en su función de control de una decisión técnica por parte de un Ente independiente y también en su función de control supletoria del déficit de experticia e independencia de un Ente, adquiere un claro carácter de evaluador del sistema de regulación y control de los servicios públicos. Desde la experiencia en Argentina, la ponencia se propone el análisis doctrinario y jurisprudencial de semejante rol evaluador, poniendo al descubierto las luces y sombras de aquellos Entes.