Los derechos políticos en la nueva Constitución venezolana

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Data
2000-10Autor
Feo La Cruz Polanco, Manuel Guillermo
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Al pasar revista a los Derechos Políticos consagrados en la Constitución venezolana de 1999, observamos la introducción de modificaciones sustanciales en relación con el modelo establecido en la Constitución de 1961, caracterizado por ser una Democracia Representativa y de Partidos. De lo que se trata es de superar ese modelo, sustituyéndolo por una Democracia Participativa susceptible de materializarse en la realidad, a partir de los instrumentos consagrados en el Texto fundamental. La aplicación de una serie de derechos políticos que amplían los espacios participativos, implica modificar la orientación de las relaciones estado-sociedad, para convertir a esta última en actor protagónico y corresponsable en el desarrollo de la gestión pública. En el nuevo texto constitucional se intenta superar vicios que han afectado el desarrollo democrático. En este sentido para establecer una mayor comunicación entre representante y representado se establece el derecho de los electores a que sus representantes rindan cuentas, tomando en consideración el programa de gobierno presentado. Para superar la organización cupular de los partidos, se establece la utilización de métodos de democráticos de organización que tratan de evitar una estructuración vertical. Existe además una importante lista de instrumentos de participación popular que serán objeto de análisis en esta ponencia. Entre ellos los referendos revocatorio, aprobatorio, abrogatorio y consultivo. Pero un aspecto que hay que tomar en consideración acerca de todo este contenido novedoso, es que, por los momentos, constituye un ambicioso compromiso con la sociedad venezolana, pero no adquirirá plena vigencia hasta que tales principios pasen a formar parte de la cultura y valores políticos de los venezolanos. Su aplicación eficaz dependerá del liderazgo ejercido tanto por la élite política como por el nuevo liderazgo de la sociedad civil organizada.