La reforma del sistema portuario uruguayo
Resumo
Se exponen los antecedentes y los fundamentos de la reforma del sistema portuario uruguayo, iniciada a partir de las leyes promulgadas en abril de 1992. Se comentan algunos aspectos de la implementación de la reforma y los alcances de la aplicación del nuevo régimen jurídico. Se destaca la importancia del cambio operado en el sistema y se discuten sus perspectivas de futuro. Los procesos de globalización e internacionalización de las economías y el diseño de políticas tendientes a la supresión de barreras arancelarios y fuertes especializaciones productivas, sumado a la creación de nuevos espacio económicos como el Mercosur, Pacto Andina y Nafta, llevaron a un replanteo de la misión de los puertos en concordancia con las nuevas condiciones del entorno. Las actuales circunstancias han venido provocando la desaparición gradual de las hegemonías que los puertos tenían sobre sus tráficos cautivos y que en mayor o menor grado se originaban en su condición de monopolios naturales, con zonas geográficas de influencia claramente delimitadas. Asimismo, la toma de conciencia del riesgo existente referido a la propia supervivencia comercial de los puertos, fueron las fuerzas que inspiraron la reforma del sistema portuario en Uruguay. La reforma portuaria tiene su punto de partida con la promulgación de la Ley No. 16.246 el 8 de abril de 1992. Dentro de los principales lineamientos que surgen de la ley de puertos, corresponde destacar los siguientes: 1) la prestación de servicios portuarios eficientes y competitivos como objetivo prioritario para el desarrollo del país; y 2) el establecimiento de objetivos de la política portuaria nacional, con los correspondientes instrumentos para alcanzarlos. El proceso de reforma se elaboró sobre la base de ideas tales como la mínima injerencia del Estado en la prestación directa de servicios; libre concurrencia de empresas en libre competencia; fomento de la inversión privada; prestación de servicios portuarios eficientes y competitivos; y régimen de puerto libre. Es de destacar que todo el proceso de reforma se realizó con la menor convulsión social posible, permitiendo un incremento en la confiabilidad. Esto ha permitido que desde el año 1992 hasta la fecha no hayan existido conflictos gremiales. La nueva ley ha significado un cambio trascendental, desde un modelo tipificado como Operating Port (puerto prestador de operaciones) hacia el de Land Lord Port (puerto propietario). Esta transformación se ha acompañado con una política seria y responsable en materia de personal, con los que pudo llevarse a cabo una disminución del personal del ente mediante mecanismos de estímulo sin ningún tipo de confrontación social. En la actualidad se está en pleno proceso de adaptación de la estructura estatal a los nuevos roles surgidos de la reforma. Si bien la Administración Nacional de Puertos ha disminuido su actuación en la prestación directa de servicios, enfrenta aún el reto de instrumentar su nueva actuación como organismo de contralor de la actividad privada en cuanto al respecto de las cláusulas contractuales y el cumplimiento de obligaciones. C.S.