dc.contributor.author | Quintana, Teresa | |
dc.date.accessioned | 2018-09-02T06:16:53Z | |
dc.date.available | 2018-09-02T06:16:53Z | |
dc.date.issued | 2009-05 | |
dc.identifier.uri | http://cladista.clad.org//handle/123456789/6201 | |
dc.description.abstract | El ejercicio del control de legalidad del acto constitutivo obliga al Organo a examinar cuidadosamente los contratos traídos al efecto. En ejercicio de las facultades emergentes de la ley la Inspección General de Justicia otorga la personería jurídica si se cumplen con los recaudos legales o la deniega en caso contrario. El control estatal en esta materia comprende el examen de las formalidades que requiere la constitución de una sociedad y el control de legalidad sustancial o de los recaudos de fondo del negocio constitutivo. Ese control se ejerce dentro del marco normativo o reglamentario aplicable en esta cuestión. | |
dc.description.abstract | La función de fiscalización tiende a evitar la constitución de sociedades que se desvían ostensiblemente de los fines pretendidos por el legislador y de los recaudos legales que inexorablemente deben cumplirse. En la constitución de sociedades se halla comprometido el Interés Público, cuya tutela constituye el fundamento mismo del control estatal. El contrato constitutivo de una sociedad debe observar el cumplimiento de los recaudos legales, si ello no ocurre si violente al Orden Público, ya que la Ley 19.550 es una norma de Orden Público. La pluralidad de socios en los contratos comerciales es un requisito esencial y específico. | |
dc.description.abstract | Téngase en cuenta que las sociedades comerciales en general constituyen instrumentos de concentración y acumulación de capitales necesarios para el desarrollo de una actividad económica. De lo precedente surge el especial Interés de una adecuada, efectiva y eficiente fiscalización estatal. El consentimiento del socio otorgado en el contrato comercial, implica la voluntad de realizar aportes y correr riesgos. Ese consentimiento importa también obtener utilidades y beneficios emergentes de la figura social. | |
dc.description.abstract | Un papel trascendental juega la fiscalización estatal, en el momento en que se solicita la personería jurídica. Su ejercicio efectivo impide el otorgamiento de personería jurídica a sociedades que no cumplan con los requisitos legales. El Órgano Estatal en uso de sus facultades al sancionar un ilícito societario puede hacerlo con relación a la sociedad y/o respecto de sus integrantes. | |
dc.description.abstract | Si la actuación social provoca lesión a terceros, a la propia sociedad o a sus integrantes, se pone en marcha el derecho resarcitorio pertinente y desde el ángulo del control estatal se faculta la aplicación de la sanción legal que se considere conveniente. El control estatal no se acota al examen de la regularidad formal, sino que abarca el control de legalidad de los requisitos de fondo del negocio constitutivo más allá de las formas instrumentales exteriores. | |
dc.description.abstract | La actividad estatal en la cuestión societaria está dirigida a objetar la constitución de sociedades e inscripción de actos societarios que violen las previsiones legales. La dinámica estatal es imprescindible para regular el mercado de capitales de riesgo brindando transparencia y seguridad jurídica al inversor. Los ciudadanos exigen eficacia y menos formalismo, razón por la cual la Administración tiende a instalarse en la legalidad formal como garantía de su propia corrección. Tal circunstancia genera una superseguridad, que por su propio exceso da lugar al nacimiento de zonas conflictivas. | |
dc.description.abstract | La principal preocupación de la Administración es lógicamente la consecución de los objetivos estatales con eficacia. Ahora bien el ejercicio efectivo de las facultades fiscalizadoras en el derecho societario, implica sin dudas la eficacia en el obrar estatal. | |
dc.description.abstract | El incremento de la labor fiscalizadora, reducida a veces por escasos recursos económicos y humanos, permite alcanzar los objetivos prefijados de modo más eficaz, y con menores costos , mayor rapidez y efectividad. La labor del Estado en esta materia posibilita brindar respuestas adecuadas ante los nuevos desafíos. | |
dc.description.abstract | En un Estado de Derecho como en la República Argentina coexisten por un lado la personalidad del Estado y, por el otro la personalidad del administrado con un conjunto de derechos que debe ser respetado a la vez, por el Estado en el ejercicio de su actividad. El desarrollo de la labor fiscalizadora eficaz y eficiente del Estado en el Derecho societario es compatible con el reconocimiento expreso de las potestades y de la innegable autoridad estatal frente a los grandes proyectos de inversión. | |
dc.description.abstract | De ello se desprende que el Estado presta un servicio regulado específicamente en materia de derecho societario y se encuentra vinculado a un presupuesto de especialidad que responde un interés público. | |
dc.format.extent | 11 p. | |
dc.language | Español | |
dc.publisher | Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos | |
dc.rights | Creative Commons BY-SA-NC 4.0 Int | |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | |
dc.subject | CONGRESO CLAD 14-2009 | |
dc.subject | SOCIEDADES | |
dc.subject | REGISTRO DE DATOS | |
dc.subject | GESTION DE REGISTROS | |
dc.subject | CONTROL GUBERNAMENTAL | |
dc.subject | POLICIA | |
dc.title | La fiscalización estatal y las sociedades comerciales | |
dc.type | article | |
clad.congress | Congreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 14 -Documento Libre | |
clad.key | MFN42960--42960 | |
clad.key1 | KEY42960 | |
clad.region | ARGENTINA | |
clad.md5 | 68854e48ade74ca8720adb0e58a20383 | |