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dc.contributor.authorNúñez Nava, Rosa Virginia
dc.date.accessioned2018-09-02T05:48:36Z
dc.date.available2018-09-02T05:48:36Z
dc.date.issued2006-11
dc.identifier.urihttp://cladista.clad.org//handle/123456789/4483
dc.description.abstractLa Constitución venezolana, vigente desde 1999, consagra muy explícitamente el tema de la participación ciudadana, tratándola tanto como medio, valor, principio y fin, como deber u obligación o como requisito procesal, por cuanto el cambio paradigmático introducido por la normativa fundamental comprende la asimilación de la participación como atributo principal de las instituciones y organismos públicos. De esta manera, la participación ciudadana está encarnada en la figura de la democracia participativa y del gobierno participativo, y consecuencialmente, en el Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia. De esta forma, la participación se alza como paradigma definitorio del nuevo régimen constitucional, siempre entendida en tanto figura rectora de los fines estatales, tanto desde la organización interna de los órganos públicos como desde sus funciones externas destinadas a la conformación y desarrollo social.
dc.description.abstractEl proceso de cambio institucional que aspira a transformar en profundidad el sistema democrático, está estrechamente vinculado a la ampliación formal de las posibilidades de participación ciudadana y comunitaria. Por ello, el impulso de la participación ciudadana se traduce en la necesidad de profundizar la democracia, desde la perspectiva de la democratización del Estado. Dicho proceso implica una concepción de desarrollo integral que asume la preeminencia de los valores humanos y privilegia la participación de la población en el proceso de desarrollo económico y social, reivindicando así el papel de los sujetos sociales en la formulación de políticas y programas de acción pública. Tomando esto en cuenta, el derecho a la participación en los asuntos públicos propicia que los ciudadanos participen en la formación de la voluntad estatal, sirviendo de cauce a la articulación de la soberanía popular que posibilita la legitimación democrática del ejercicio del poder.
dc.description.abstractEn este sentido, el trabajo jurisprudencial se ha encargado de ampliar y flexibilizar la interpretación constitucional y de reconducir la aplicación de los principios participativos, pues no es tan fácil asimilar en las estructuras procesales y administrativas el cambio de paradigma que privilegia la protección de los derechos humanos e impulsa la participación ciudadana hacia su defensa. Junto con el Preámbulo y los Principios Fundamentales, los artículos 62 y 70 de la Constitución Nacional dejan por sentado que la participación ciudadana está destinada a ser una de las metas principales para dar cumplimiento al fin supremo del Estado: refundar la República.
dc.format.extent18 p.
dc.languageEspañol
dc.publisherUniversidad Bolivariana de Venezuela. Centro de Investigaciones Socio-Jurídicas
dc.rightsCreative Commons BY-SA-NC 4.0 Int
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectCONGRESO CLAD 11-2006
dc.subjectPARTICIPACION CIUDADANA
dc.subjectREFORMA CONSTITUCIONAL
dc.subjectJURISPRUDENCIA
dc.subjectANALISIS JURIDICO
dc.titleCambio paradigmático de la Constitución venezolana: la participación ciudadana
dc.typearticle
clad.congressCongreso Internacional del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 11 -Documento Libre
clad.keyMFN39085--39085
clad.key1KEY39085
clad.regionVENEZUELA
clad.md5e27045ed8aea5070b95842eaddf177b5


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