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dc.contributor.authorDevoto, Alberto Enrique
dc.date.accessioned2018-09-02T05:06:43Z
dc.date.available2018-09-02T05:06:43Z
dc.date.issued1997-07
dc.identifier.urihttp://cladista.clad.org//handle/123456789/304
dc.description.abstractCon el trasfondo de la reforma del sector eléctrico en la Argentina se analiza el cambio en el papel del Estado, en lo que se refiere a un servicio público como el eléctrico. Se observa el abandono de la función empresarial del Estado, y algunas de las causas de esa decisión, que supuso una reforma mayor que la mera privatización.
dc.description.abstractEl Estado tiene la obligación ineludible de prestar los servicios públicos, conforme a patrones de accesibilidad, calidad y costo razonables y consistentes entre sí. Los servicios deben estar al alcance de la población y tienen que poder ser pagados por ella, y lo que se establezca como retribución posible fijará, a su vez, el grado de calidad alcanzable.
dc.description.abstractLa reforma apuntó a la búsqueda de competencia, a introducir condiciones de mercado. Sin embargo, este objetivo, en el caso de los servicios prestados por redes choca con el hecho de que es necesario hacerlo a través de sistemas monopólicos, que aseguran una mayor eficiencia. Surge así la necesidad de la regulación, para aprovechar los beneficios de la condición monopólica, pero evitar los abusos que esa posición dominante en el mercado puede acarrear a los usuarios en general y a las condiciones de competitividad del país en particular.
dc.description.abstractEl Estado asume entonces un papel regulador que puede generar diversos tipos de conflictos, ya que un subproducto de la función reguladora es el de ser también control, especialmente cuando existen contratos de concesión que instrumentan la privatización de la prestación.
dc.description.abstractLa promoción de la competencia supone entonces ir resolviendo dos grandes tipos de conflictos: aquellos que se suscitan por las imperfecciones del mercado, y para las cuales la presencia del regulador es indispensable, y aquellas propias de la relación entre regulador y regulado. Si bien las primeras son las importantes y las que siempre existirán, las segundas (que idealmente deberían tender a desaparecer) son las que alcanzan picos de resonancia mayores, por los intereses en juego. Máxime que, con la desintegración vertical de la industria, salen a la luz problemas en las zonas de borde, que antes quedaban ocultas por la unicidad.
dc.description.abstractPero en definitiva, el balance, a pesar del poco tiempo transcurrido, es favorable, en términos de mejoras en la calidad, aumento de inversiones y descenso de precios. A.E.D.
dc.format.extentAnales 5, 660 p.
dc.languageEspañol
dc.publisherCLAD
dc.relation.ispartofLa reforma del Estado : actualidad y escenarios futuros; CLAD; 1997; pp. 605-612
dc.rightsCreative Commons BY-SA-NC 4.0 Int
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/
dc.subjectCONGRESO CLAD 1-1996
dc.subjectENERGIA ELECTRICA
dc.subjectPRIVATIZACION
dc.subjectPROCESO DE REGULACION
dc.titleLa reforma del sector eléctrico en la Argentina
dc.typearticle
clad.congressCongreso Interamericano del CLAD sobre la Reforma del Estado y de la Administración Pública, 1
clad.keyMFN23973--23973
clad.key1KEY23973
clad.notesPublicado también en: "¿Qué hay de nuevo en las regulaciones? : telecomunicaciones, electricidad y agua en América Latina"; CLAD, Eudeba: Caracas, 1998. Véase L-00327.
clad.regionARGENTINA
clad.md551826124d5dfc272c229c82f1e1d6f97


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