Elementos de control: área de relaciones laborales
Abstract
La Gestión de las Relaciones Humanos y Sociales en la Función Pública dominicana se encuentra en plena construcción y desarrollo de los diferentes aspectos que forman parte de este Subsistema de Relaciones Laborales, así lo demuestra el marco normativo con la actual legislación, la Ley No. 41-08 del 16 de enero del 2008 de Función Pública, cuyo contenido define y garantiza en sí mismo un avanzado proceso de profesionalización. Figuras Jurídicas de garantía de derechos, ámbito de aplicación que se extiende a todos los órganos y entidades del Estado, carácter vinculante de las Decisiones en Comisión de Personal, plazo para el pago de los beneficios laborales son partes de dichas disposiciones. El reconocimiento del Fuero Organizativo que viene a complementar los derechos colectivos de los funcionarios y servidores públicos, los Recursos Administrativos y Contencioso Administrativo, la readecuación del Régimen Ético y Disciplinario reduciendo a tres (3) grado las sanciones e instituyendo el Procedimiento Disciplinario y la Responsabilidad Civil del Estado y del Servidor Público son otros de los grandes avances normativos. La garantía de estabilidad en los puestos de carrera, como una característica fundamental de todo sistema de carrera el concepto de titularidad del cargo y la promoción de aquellos servidores con las cualidades y competencias identificadas como necesarias para desempeñar adecuadamente los puestos. En adición a estos aspectos comunes nuestro sistema plantea ciertas particularidades como es la categorización de los funcionarios o servidores públicos lo que define su conjunto de derechos y prerrogativas. Conforme con tales disposiciones, la Secretaria de Estado de Administración Pública (SEAP) ha avanzado significativamente en la adopción de instrumentos y mecanismos de control para garantizar la efectiva aplicación de la misma. En la corta experiencia de apenas un año y seis meses de promulgada la Ley, hemos venido logrando un cambio de paradigmas y practicas en las relaciones humanas y sociales en el entorno público muy significativo. Por todo lo cual tenemos la firme convicción de que una vez complementada la Ley de Función Pública con los correspondientes reglamentos e instructivos, daremos un salto cuantitativo y cualitativo en la gestión de los recursos humanos y la profesionalización de la función pública, cuyo impacto será apreciado por la propia colectividad acreedora de los servicios públicos.