Ministerio de Justicia y administración de justicia en España : la justicia en el contexto de la reforma del Estado
Abstract
Se describe la organización de las instituciones competentes en materia de administración de justicia en España. Se reseñan los problemas de la organización de la justicia y se plantea la necesidad de la reforma del Estado y de la justicia en este país. Se discute la contribución de la justicia con la reforma del Estado, en relación con la depuración normativa y el desarrollo de valores éticos y cívicos. La Constitución española de 1978 se refiere a la existencia de una justicia profesional e independiente y al gobierno de los jueces. En la organización institucional de la justicia se distingue un órgano de gobierno de los jueces, un órgano colegiado denominado Consejo General del Poder Judicial y la organización de los tribunales propiamente dicha. La Constitución española menciona y regula también al Ministerio Fiscal, a cuyo frente se encuentra el Fiscal General del Estado. Además de esta organización, que es la judicial propiamente dicha, hay que tener en cuenta al Ministerio de Justicia, que conserva importantes potestades en la materia y cuya influencia en la marcha de los asuntos judiciales es relevante. En lo que concierne a la contribución del Ministerio de Justicia y de la organización judicial con la reforma del Estado, cabe señalar la existencia de una argumentación circular. Si bien no cabe duda de que el Ministerio y la organización judicial pueden contribuir con la reforma del Estado, resulta evidente que habría que comenzar por reformar la justicia, ya que sólo así sería eficaz su aporte a una reforma que es reclamada insistentemente por la sociedad democrática. Los problemas que aquejan a la justicia en España son muy serios, y afectan en parte a la organización, pero sobre todo al funcionamiento de los distintos órganos que componen el sistema. A nivel del Consejo General del Poder Judicial se plantea un grave problema en lo que se refiere al nombramiento de sus miembros. Los Tribunales de Justicia tienen como problema principal la acumulación de asuntos pendientes y el consiguiente retraso de los procesos. En la Oficina Judicial se aprecia una desconexión jerárquica entre los secretarios judiciales y los tribunales a los que sirven. En cuanto al Fiscal General, por lo general atiende más a los intereses del gobierno que a los intereses objetivos del Estado. La contribución de la justicia a la reforma del Estado puede concretarse en torno a dos grandes temas, a saber: la reforma del Derecho y la depuración normativa, y el desarrollo de valores éticos y cívicos. Con respecto al primer tema, el Ministerio de Justicia podría actuar en el sentido de tomar medidas conducentes a un cambio en las disposiciones vigentes y a una nueva cultura administrativa, en procura de una gestión más eficaz. En lo que se refiere al desarrollo de valores éticos y cívicos, es necesario que la justicia sea efectiva en forma visible ante la ciudadanía y en un tiempo cercano a los hechos que dieron origen a su actuación. De nada sirve manifestar el deseo de recuperar valores a través de una buena administración de justicia, si los procesos se resuelven con un retraso de varios años, ya que como reza una vieja sentencia del Talmud, toda justicia tardía es una justicia perdida. C.S.